V2K, TELEPATIA SINTÉTICA, VOZES INTRACRANIANAS, VÍTIMAS DO GANG-STALKI | Campanhas | Campanha do Bem
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Sobre esta Campanha

ANGARIAR FUNDOS PARA DIVULGAR A LISTA DAS VÍTIMAS E CONSEGUIR APOIO DA MÍDIA PARA QUE AS VÍTIMAS DE V2K, TELEPATIA SINTÉTICA, VOZES INTRACRANIANAS, VÍTIMAS DO GANG-STALKILNG tenha audiência pública na ALESP, assembléia legislativa de São Paulo.

Bevölkerungsschutz

https://www.vakinha.com.br/vaquinha/v2k-telepatia-sintetica-vozes-intracranianas-vitimas-do-gang-stalking-eletronico https://1drv.ms/w/s!Aj_GUBAAiCpphFQ-0sqb2n6azfE3
Eu, BERND WILLI HERMANN, solicito testemunhar em Audiência Pública na ASSEMBLÉIA LEGISLATIVA DE SÃO PAULO, em favor das vítimas paulitanas da FALHA NA SEGURANÇA URBANA que é o MASER; faço este pedido corrobarando com o pedido de audiência pública solicitado pela cidadã Mexicana Angélica Aurora Torralva Millares e pelo cidadão Sul Africano Sipho Mischeck Knosi, os quais já realizaram este mesmo pedido URGENTE de audiência pública para as vítimas do desastre tecnológico causado pela ação furtiva do MASER, é de conhecimento público que a cidadã Joséfa Alexangre, do bairro liberdade, Maria Lucia da Silva da zona leste e Lucília Benedik do Jardim Paris são vítimas do mesmo desastre tecnológico que está me atingindo aqui em Halbe, Alemanha, razão pela qual enviei este pedido de SOCORRO à PROTEÇÃO CIVIL BRASILEIRA, a qual está realizando um registro preliminar das vítimas, para que cada uma dela possa explicitar seus casos em audiência coletiva. O que se sabe é que os TESTES INICIAIS da BOMBA BIOELÉTRICA, a qual pode EXTERMINAR TODA A POPULAÇÃO DE UMA CIDADE SEM DESTRUIR OS PRÉDIOS resulta, em seus testes iniciais de V2K e TELEPATÍA SINTÉTICA, o que tornou a DEFESA CIVIL tradicional em OBSOLETA, porque além dos desatres naturais, EXISTEM OS DESATRES TECNOLÓGICOS causados pelo LASER em sua frequencia invisível chamada MASER. Date: quinta, 18/08/2022 à(s) 05:00 Subject: BERND WILLI HERMANN To: , , , , Secretaria da Mulher , , jornaldocampus USP , Leitor Uol , Ich, BERND WILLI HERMANN (https:// www.facebook.com/groups/382083068567429 ) informiere Frau Isabel Weber , B – 0.3 Markt 9 Telefon (033766) 68931 Telefax (033766) 68959E-Mail standesamt@amt-schenkenlaendchen.de ( pressestelle.zdpol@polizei.brandenburg.de ), dass ich unter einem Lärm von 300 Dezibel leide, diese Situation des Versagens in der URBAN SECURITY wird von Sipho Mischeck Knosi in Südafrika und von Angelica Aurora Torralva Millares in Mexiko gemeldet, weshalb ich möchte ein neues Gesetz vorschlagen, das helfen kann, diesen Lärm zu reduzieren, dieses neue Gesetz wird in Brasilien bei einer öffentlichen Anhörung bei der GESETZGEBENDEN VERSAMMLUNG VON SÃO PAULO vorgeschlagen; Ich möchte zusammen mit Sipho und Angelica im Namen der brasilianischen Opfer dieses Lärms aussagen, der auch Halbe betrifft. Ich beantrage, dass der Entwurf des neuen Zivilschutzgesetzes von Ralf Kunze oder einer anderen gesetzgebenden Behörde geglättet wird, das Ziel ist, Gesetzesvorschläge für technologische Katastrophen zu diskutieren. Diese Katastrophenrisikosituation wurde dem brasilianischen Intellektuellen Rui Costa Pimenta auf dem XI. Kongress der PCO, Partido da Causa Operária, vom brasilianischen Zivilschutzberater Wellington Antonio Doninelli Pereira vorgestellt. / Eu, BERND WILLI HERMANN (https:// www.facebook.com/groups/382083068567429) informo a Sra. Isabel Weber, B – 0.3 Markt 9 Telefone (033766) 68931 Fax (033766) 68959 E-Mail: standesamt@amt schenkenlaendchen.de ( pressestelle.zdpol@polizei.brandenburg.de ) que estou sofrendo com um ruído de 300 decibéis, esta situação de falha na SEGURANÇA URBANA é relatada por Sipho Mischeck Knosi na África do Sul e por Angélica Aurora Torralva Millares no México, por isso Eu gostaria de propor uma nova lei, que pode ajudar a diminuir esse ruído, essa nova lei está sendo proposta no Brasil em audiência pública na ASSEMBLEIA LEGISLATIVA DE SÃO PAULO; Gostaria de testemunhar, junto com Sipho e Angélica, em nome das vítimas brasileiras, esse barulho, que também afeta Halbe. Solicito que a minuta da nova lei de proteção civil seja analisada por Ralf Kunze ou qualquer outra autoridade legislativa, que vise discutir propostas legislativas para desastres tecnológicos. Esta situação de risco de desastre foi apresentada ao intelectual brasileiro Rui Costa Pimenta no XI Congresso do PCO, Partido da Causa Operária, pelo conselheiro de defesa civil brasileiro Wellington Antonio Doninelli Pereira. ---------- Forwarded message --------- De: ZDPol Pressestelle Date: quinta, 18/08/2022 à(s) 05:01 Subject: Automatische Antwort: BERND WILLI HERMANN To: Dies ist ein Postfach, dass ausschließlich für die Pressearbeit des Zentraldienstes der Polizei Brandenburg vorgesehen ist. Eine Notfall- oder Ermittlungsbearbeitung erfolgt hier nicht! Wenden Sie sich daher bitte in allen Notfällen an den Polizeinotruf 110 oder schriftlich an das Lagezentrum der Polizei Brandenburg unter lagezentrum@polizei.brandenburg.de!! http://chat2.queretaro.gob.mx/phplive_.php?submit&1656360994 Eu, Angelica Aurora Torralva Millares, cidadã mexicana, solicito que meu depoimento de vítima de Armas não convencionais Laser, Maser, Infrassom, Ultrassom, V2K, Telepatia Sintética, seja disponibilizado em audiência pública às vítimas Brasileiras em apoio ao cidadão Paulista José Aparecido dos Santos, Fluminense Vinicius Rodrigues Coellho (RG: 20.244.721-5 SSP-RJ , CPF 058.909.227-85) , Mineira Edvânia Correia de Paulo Souza (RG: MG-13.727.454 / SSP-MG CPF: 09332153639) , Estado do Pará Benedito Claudio Silva do Nascimento, autorizando a divulgação púiblica de meu nome e minha identidade em favor das vítimas dos ataques por BOMBA BIOELÉTRICA , ARMA DE DESTRUIÇÃO EM MASSA, a qual poderá EXTERMINAR TODOS A POPULAÇÃO DE SÃO PAULO sem destruir os prédios, sendo, portanto, pior que um ATAQUE por OGIVA TERMO-NUCLEAR e que nos seus testes iniciais de GENOCÍDIO se manifesta atraves de V2K e Telepatia Sintética, e o faço na tentativa de TRAVAR ESTE ATAQUE A BOMBA que está ocorrendo contra a população civil desarmada do Brasil. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX https://www12.senado.leg.br/ecidadania/visualizacaoideia?id=162263 XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX Eu, Angelica Aurora Torralva Millares, cidadã mexicana, solicito que meu depoimento de vítima de Armas não convencionais Laser, Maser, Infrassom, Ultrassom, V2K, Telepatia Sintética, seja disponibilizado em audiência pública às vítimas Brasileiras dessa FALHA NA SEGURANÇA URBANA; http://chat2.queretaro.gob.mx/phplive_.php?submit&1656360994 ; vítimas as quais foram apresentadas a Comissão de Direitos Humanos da Africa do Sul em língua Inglesa pelo cidadão Sipho Misheck Nkosi (South African Identity number 7208295711081, mobile phone +2782901887 ); em São Paulo posso citar: Lucilia Benedik ( CPF 689.129.868-72 ), Maria Lúcia da Silva ( CPF 095.230.688-30,) José Aparecido dos Santos (851.480.328-04) , Francis Penko Felisbino ( 328.355.948-17 ), Josefa Alexandre (055.152.938-51), Adeildo Francisco Lima ( 124.422.998-95), João Daniel Menegon da Silva (222.125.168-78) e todas as quais me refiro no projeto de Lei de iniciativa popular que segue: xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxx Yo, Angélica Aurora Torralva Millares ( https://www.facebook.com/profile.php?id=100078885050979 ), presento esta iniciativa popular, basado en el Artículo 59 DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, la cual exige que deberán ser remitidas por el presidente de la mesa directiva o el secretario del ayuntamiento que la iniciativa popular debe presentarse a la Secretaria de Participacion Ciudadana Secretario: Mtro. Ramon Aguirre Nuñez Dirección: Blvd. Bernardo Quintana# 10000, Col. Fracc. Centro Sur C.P. 76090 Querétaro, Querétaro México: beatriz.marmulejo@municipiodequeretaro.gob.mx , esta Ley en su artículo Artículo 58. determina que la iniciativa ciudadana deberá presentarse ante la Legislatura o la secretaría del ayuntamiento según corresponda, debiendo de contener los siguientes requisitos: I. uno por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, con domicilio en el Estado o en el municipio de que se trate; VII. Un documento anexo de los ciudadanos que suscriban la iniciativa, donde expresamente ratifiquen en sus términos a aquélla. Dicho documento contendrá, además, los siguientes datos: nombre, firma autógrafa y clave de la credencial de elector y copia por ambos lados de ésta de cada uno de los ciudadanos promoventes. INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR PROPUESTA PELA CUIDADANA Angélica Aurora Torralva Millares; Artículo 1o. - Se crea y define en la administración pública municipal el término PSICOTRÓNICO como el abuso tecnológico perpetrado por los ámbitos estatal o federal contra el municipio o cualquiera de sus ciudadanos; Artículo 2o. - Asigna al término creado y definido por el artículo 1 el objeto de crear este término en el Municipio de “--Consejo de la alcadia Município de Querétero --”, el cual será exponer el abuso tecnológico que se está cometiendo contra el municipio y sus ciudadanos que presenten medidas correctivas que busquen una solución; Artículo 3o. – La denuncia o corrección del abuso a que se refiere el artículo 2 constará de dieciocho párrafos; 1º – Colocar bajo la protección de la comisión municipal de derechos humanos a todos los ciudadanos que se declaren víctimas de abuso tecnológico, los llamados tortura psicotrónica; Inciso único - La terminología V2K, la telepatía sintética y el acoso colectivo asociado, popularmente llamado “gang stalking”, que engloban el abuso tecnológico, se explican en el artículo 5, § 12, inciso segundo; § 2º – Documentar el abuso perpetrado por fiscales federales o estatales, que insisten en desestimar a las víctimas de abuso tecnológico como enfermos mentales o esquizofrénicos, buscando reafirmar a las víctimas de su derecho a ser escuchadas y a ser tratadas como personas sanas y conscientes, cuya salud es ser perjudicado por el abuso tecnológico; § 3º – Articular la integración con los servicios (unidad de salud de la familia, unidades básicas de salud, urgencia y emergencia, centro de referencia, entre otros), así como con otros profesionales de la salud en la perspectiva de que la víctima que activa esta ley sea tratada como CIE W90 .0X (Clasificación Internacional de Enfermedades) , para que se respete el derecho de la víctima a alegar que se trata de un abuso tecnológico que no puede ser tratado como un simple caso congénito; § 4º – Mantener debidamente informados a los Comités Técnicos de Defensa Civil sobre las necesidades de las víctimas para obtener equipos de protección que detecten y detengan la tortura psicotrónica; § 5º – Adoptar normas y procedimientos de funcionamiento para que todas las actividades desarrolladas en cumplimiento de esta ley tengan impacto en las universidades y centros de investigación; § 6º – Programar, a través del estudio de patentes que causen abuso tecnológico, la necesaria búsqueda de ingenieros electrónicos que puedan crear dispositivos de protección que neutralicen el abuso; Inciso único - se ejemplifica. en este inciso único. que la generación de impedancia aleatoria en el cuerpo de la víctima, en la ropa o en las paredes del hogar puede ayudar a detener el acoso; § 7º – Garantizar la disponibilidad de información sobre patentes que resulten en tortura psicotrónica, apoyando a los profesionales de la salud, a fin de prevenir la emisión de Clasificación internacional de enfermedades CIE erróneos basados simplemente en la creencia de que la persona que escucha las voces es un enfermo mental, ayudando a los profesionales de la salud a comprender que la tecnología cibernética también genera voces intracraneales, y que el uso de la farmacoterapia para facilitar el enriquecimiento de personas sin escrúpulos y evitar que la víctima de la tortura psicotrónica pueda defenderse manteniéndola dopada con psicofármacos para que la víctima sea violada a distancia sin la posibilidad de defensa es baja, vil y criminal; § 8º – Asegurar condiciones adecuadas para que las víctimas de abuso tecnológico obtengan atención colectiva en lugar de ser individualmente dopadas y desechadas en la basura psiquiátrica; § 9º - Analizar el movimiento financiero de los sistemas cibernéticos para evitar la expansión de la copia sin pago, ya que detrás de los abusos psicotrónicos está el espionaje médico que copia, "xerocha" vía satélite el patrimonio inmaterial del municipio provocando un daño constante y un tecnológico y retraso humanitario al municipio; Inciso único – este inciso único ejemplifica la necesidad de computar el valor anual que México está perdiendo debido al robo del patrimonio inmaterial cibernético; patrimonio que se sustrae a las víctimas y al Estado Méxicono a medida que las personas son copiadas remotamente por fotocopiadoras satelitales MASER; se estima que México pierde 200 MIL MILLONES DE PESOS MEXICANOS anuales; e la alcadia Gustavo A. Madero, deja de cobrar 10 mil millones de pesos mexicanos anuales por falta de dicho cómputo; § 10º - Mantener alerta actualizada de los riesgos que corre el municipio si los fiscales federales y estatales continúan abusando de seres humanos, descartándolos sumariamente como esquizofrénicos simplemente por ser pobres o de color sin tomar en cuenta la verdadera causa detrás de la tortura psicotrónica, que es EL ROBO CIBERNÉTICO DEL PATRIMONIO INMATERIAL, con énfasis en la creación de programas de salud que reconozcan esta situación; § 11º – Ayudar a toda persona que se declare víctima de abuso tecnológico, V2K, telepatía sintética o acoso tecnológico colectivo a documentar sus casos, facilitando, siempre que sea posible, auditorios o espacios municipales donde las víctimas puedan poner en conocimiento de la ciudadanía el abuso tecnológico al que buscan una solución; § 12º – Fomentar la participación de las víctimas en programas de formación en defensa civil y profilaxis en salud; § 13º – Proporcionar orientación individual y colectiva sobre el derecho de los ciudadanos a resistir el uso inapropiado de medicamentos que tienen como único objetivo enriquecer a los malos profesionales de la salud, que deben actualizarse para poder asistir a las víctimas del abuso tecnológico; § 14º – Participar en la planificación y evaluación de los esfuerzos de las víctimas del abuso tecnológico, v2k, telepatía sintética para superar la farmacoterapia, para que los pacientes que utilizan los medicamentos que necesitan no tengan las dosis, frecuencia, horarios, y adecuadas vías de administración yduración obstaculizadas por laboratorios extranjeros que insisten en sustraer información médica superponiendo a la víctima radares que ponen en peligro los tratamientos de los enfermos mentales, muchos de los cuales sufren tortura psicotrónica, lo que dificulta su tratamiento, lo que imposibilita para ellos se logran los objetivos terapéuticos; § 15º – Analizar la validez de la emisión de un CIE para enfermedad mental o esquizofrenia, cuando la víctima de la emisión equivocada de ese CIE argumente que es W90.0X, evitando así el abuso por parte de médicos sin escrúpulos o de la industria farmacéutica; § 16º – Fomentar la asistencia técnica o jurídica y en la emisión de opiniones tecnológicas de la defensa civil y de todos los sectores tecnológicos municipales a los integrantes de la salud municipal, con el fin de auxiliar en la selección, adición, reposición, adecuación o interrupción de la farmacoterapia a pacientes que se declaran víctimas de abuso tecnológico, buscando protección física del hecho real, la energía electromagnética a la que la víctima afirma estar siendo sometida; § 17º – Participar y promover discusiones de casos declarados de tortura psicotrónica, con el objetivo de que los casos no sean tratados como meros casos clínicos para ser silenciados, sino como casos tecnológicos, donde el municipio está perdiendo dinero e ingresos al permitir que los ciudadanos sean descartados sumariamente como enfermos mentales, cuando se sospeche que son blanco de armas electrónicas de alta tecnología y RFID's, que requieren ser detectadas, con el objetivo de preservar el Patrimonio Inmaterial Cibernético de la ciudad y el bienestar de la población; § 18º – Garantizar la divulgación pública y el acceso de las víctimas a la denuncia público, prensa, radio y televisión municipal, promoviendo amplia divulgación para detener cualquier forma de abuso tecnológico hasta luego oculto o silenciado; Artículo 4o. – Declaratoria del 24 de octubre como Día Municipal de lucha contra la Tortura Psicotrónica, el denominado abuso tecnológico; Artículo 5o. - Atribuye al Artículo 4, en 14 párrafos , los Puntos que el municipio deberá, con motivo del 24 de octubre, debatir con la comunidad que se declare objeto de abuso tecnológico, buscando acomodarse en el sistema hotelero de la Ciudad , en las parroquias o en albergues u hostales para mochileros, en preparación para ese día, alojamientos para que puedan confluir víctimas de todas las regiones de México o del mundo, en una conferencia y debate estadístico sobre el progreso municipal a favor de los Derechos Humanos y un planeta sin abusos tecnológicos; 1º – En este primer párrafo del artículo 5º, el municipio presentará resultados en la reducción del riesgo de desastres por ARMAS ESPACIALES, V2K, TELEPATÍA SINTÉTICA y ARMAS DE ENERGÍA DIRECTA, LÁSER DE MICROONDAS, LÁSER INFRARROJO, ARMA LETAL LÁSER-X, TAMBIÉN LLAMADO X-RAY MASER, utilizado por satélites espías para asesinar en secreto a personas a través del cáncer; impedir que las potencias enemigas de México detonen la BOMBA BIOELÉCTRICA (arma de destrucción masiva que en sus pruebas iniciales resulta en V2K y TELEPATÍA SINTÉTICA), que puede EXTERMINAR A TODOS LOS SERES HUMANOS EN UNA CIUDAD ENTERA SIN DESTRUIR EDIFICIOS, por lo tanto, peor y más peligrosa que la bomba atómica o termonuclear; § 2º - En este segundo párrafo, el municipio presentará informe de los conocimientos adquiridos en la lucha contra las ARMAS CIBERNÉTICA y ARMAS ESPACIALES en relación con la fallas que redunden en SEGURIDAD URBANA, buscando insertar al municipio en el conjunto de los concejos municipales, que es el lugar donde se reúne la defensa civil, para que el reconocimiento de ATAQUES CON ARMAS CIBERNÉTICA o ESPACIAL, en el contexto de SEGURIDAD URBANA, se puede compartir con otros municipios en el día definido por el Artículo 4o, a través de murales o mesas donde autoridades e invitados puedan demostrar la asistencia brindada a las víctimas en los turnos de trabajo asistencia a la población afectada en los pasillos del asambleas legislativas, incluida la cámara de diputados, agencias federales, y el Senado Federal, donde el municipio, pionero, a través de murales, exposiciones y materiales explicativos, se demostrando públicamente la ayuda brindada a la población; § 3º - El municipio presentará estadísticas sobre la recuperación de las áreas afectadas por desastres causados por la IMPLEMENTACIÓN DE MICROCHIPS en la población, como resultado de la contratación de laboratorios extranjeros espías médicos y dentales que están instalando microchips de alta tecnología para el desarrollo de tecnologías espaciales que México todavía no tiene, usando ciudadanos mexicanos como conejillos de indias; • § 4º - El municipio presentará la incorporación de TECNOLOGÍAS ESPACIALES que México NO TIENE AÚN, pero que ya han sido patentadas por las naciones más avanzadas tecnológicamente, en acciones de reducción y protección del riesgo de desastres y defensa civil entre los elementos de gestión territorial y la planificación de políticas sectoriales, que pretenden FORTALECER A México EN ESTE MOMENTO EN QUE NACIONES SUPUESTAMENTE MÁS DESARROLLADAS YA ESTÁN ATAQUENDO A México CON ARMAS ESPACIALES; § 5º– Presentará estadísticas sobre la promoción de la continuidad de las acciones de protección y defensa civil: es decir, la seguridad global de la población, en circunstancias no sólo de desastres naturales, porque incluye también desastres tecnológicos, por lo que el municipio será El cargo del poder público Solicita a los Estados y Federales que, entre los desastres previsibles, se INCLUYAN los ocasionados por ENERGÍA DIRIGIDA, armas de energía directa (D.E.W), SATÉLITE O ARMAS CIBERNÉTICAS MASER; § 6º - Debatir incentivando el desarrollo de barrios resilientes a los ATAQUES DE SATÉLITES ESPÍA Y ARMAS ESPACIALES y procesos de urbanización sostenible; promover la identificación y evaluación de amenazas, susceptibilidades y vulnerabilidades a los desastres en los casos en que las víctimas declaran que son objeto de tecnología espacial avanzada QUE México NO TIENE, pero que ya están siendo utilizadas contra México por naciones extranjeras o empresas privadas ENEMIGOS DE México, con el fin de evitar o reducir su ocurrencia; § 7º– Debatir el seguimiento de los eventos meteorológicos, hidrológicos, geológicos, biológicos, nucleares, químicos y otros que sean RESULTADO DE LA ACCIÓN DE LAS ARMAS ESPACIALES contra la POBLACIÓN CIVIL; § 8º – Verificar las estadísticas de producción de alertas tempranas sobre la posibilidad de desastres naturales que sean consecuencia del cambio climático por armas espaciales; § 9º– Debatir los avances en la verificación de la ocupación de suelo urbano y rural y en qué medida este orden está siendo perjudicado en su conservación por las radiaciones electromagnéticas, verificar en qué medida la vegetación nativa, los recursos hídricos y la vida humana están siendo afectados por la ARMAS ESPACIALES; § 10º – Debatir el listado y monitoramento de todos las empresas cibernéticas multimillonaria que hacen implantes o desarrollan microchips RFID en el GANADO PARA SACRIFICIO O ESTUDIO Y DESCIFRAR sus sofisticados sistemas de satélites, radares y INTERFEROMETROS para evitar que, Al final, los humanos tampoco acaban en la carnicería. por el mal uso de estas tecnologías o su adaptación por terceros para el control remoto de funciones fisiológicas y neurológicos humanas pora la TRATA DE SERES HUMANOS; § 11º – Fomentar iniciativas que resulten en la construcción de casas con lugares seguros, donde los residentes puedan proteger en caso de ataque por ARMAS CIBERNÉTICAS o ARMAS ESPACIALES; § 12º – Debatir el desarrollo de la conciencia nacional sobre los riesgos de desastres que pueden derivarse de la Rezago TECNOLÓGICO Méxicano del datos históricos de las patentes presentadas por las víctimas a la universidades en busca de ayuda y discutir el avance de la documentación solicitada a las Universidades y Centros Tecnológicos de México y Consejo de la alcadia Gustavo A. Madero ( Nayely Aguilar Garcia / https://www.facebook.com/profile.php? id=100069164121090 ) y y Consejo de la alcadia de Santiago de Querátero ( https://www.queretaro.gob.mx/transparencia/contacto.aspx ) I – Este primer inciso del párrafo 12, Artículo 5o, ejemplifica la desarrollo de esta conciencia nacional cuando la ciudadana Élen Odete Gomes Marcionilo CPF 31903430801 y Adeildo Francisco Lima CPF 12442299895 en representación de ASOCIACIÓN Méxicana DE las VÍCTIMAS DE ARMAS CIBERNÉTICAS ---Méxicodelfuturo --- solicitou de la industria brasileña, en visita a la Universidad de São Paulo, USP, USP (Universidad de San Pablo / Universidade de São Paulo no PROTOCOLO protocolo USP-RUSP/DACAP-01 **07/05/2019 15:49 0000000900131 / https://munduruku0.jusbrasil.com.br/artigos/856467675/ associacao-de-vitimas-cnpj-31505178-0001-18- contratando- advogada-que-reprensente-as-vitimas-do-cid- w900xxa-em- todo-o-brasil , y otras Universidades ( direcciongeneral@cenapred.unam.mx ), la creación de dispositivos de defensa electrónica que puedan detener los ataques neurológicos y fisiológicos descritos en las PATENTES 3.951.134; 7.629.918; 6.470.214; 6.587.729; 4.877.027 y otros DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS UTILIZADOS POR DELINCUENTES PARA TERRORIZAR A LA POBLACIÓN CIVIL DESARMADA, CON EL OBJETIVO DE LA TRATA DE SERES HUMANOS, TORTURA, GENERACIÓN DE PÁNICO, SUIClDIO Y DESTRUCCIÓN DE LA ECONOMÍA Méxicana; II - En este inciso segundo del párrafo 12, Artículo 5o , se definen y presentan las patentes que ejemplifican el abuso tecnológico. La patente 3.951.134 es un dispositivo y método para controlar y alterar remotamente las ondas cerebrales con fecha de abril de 1976, el dispositivo es capaz de capturar las ondas cerebrales de la víctima incluso a una distancia lejana en una posición remota, en el que se transmiten señales electromagnéticas de diferentes frecuencias simultáneamente al cerebro de la víctima. .víctima, y las señales emitidas por el radar se mezclan entre sí dentro del cerebro de la víctima para producir una forma de onda que es modulada por las propias ondas cerebrales de la víctima. La forma de onda de interferencia que es representativa de la actividad de ondas cerebrales resultante es capturada por el radar en un receptor donde se demodula y amplifica para leer los pensamientos completos de la víctima en una pantalla de computadora. Patente 7.629, 918 y un sistema MULTIFUNCIONAL DE ENERGÍA DIRIGIDA POR RADIOFRECUENCIA que utiliza energía de radiofrecuencia dirigida para seguir a las personas en la calle directamente desde el satélite en el espacio. pánico e incluso suicidio, estos rayos de energía directa o dirigida pueden hacer flotar objetos o alterar cualquier sistema eléctrico por la concentración de energía subatómica que este rayo de energía dirigida puede causar, poniendo un bit extra de información en cualquier sistema eléctrico, esta arma inhabilita el cerebro humano o computadora o cualquier circuito eléctrico. La patente 6.470.214 y el método y dispositivo para implementar la audición por RADIOFRECUENCIA provocando el V2K, un sonido radiante disparado a victimas que pueden ser humanos o animales, hay miles de victimas denuncian de esta arma que se utiliza para atormentar, abusar o seducir a las personas. La patente 6.587.729 es Aparato para la comunicación audible del habla utilizando ENERGÍA DE RADIOFRECUENCIA PULSANTE, con fecha del 1 de julio de 2003. Los perpetradores usan este aparato para comunicar de manera audible su voz directamente al cerebro de la víctima, los insultos del perpetrador o el sexo se convierten en un efecto de audio y se inyectan por radiofrecuencia en la cabeza de la víctima, que es así virtualmente violada por esta señal pulsante de radiofrecuencia, una patente que está abierta a cualquiera para la tortura. El aparato de comunicación de doble banda lateral tiene potencia de RF; y el demodulador es para convertir potencia de RF en ondas de presión acústica; el demodulador convierte la potencia de RF en ondas de presión acústica a través de la expansión y contracción térmica, por lo que las ondas de presión acústica se acercan a la señal de audio a (t); el demodulador incluye una masa que se expande y se contrae, siendo la masa aproximadamente esférica; el procesador de raíz cuadrada es un diodo influenciado por una fuente de voltaje, en serie con una resistencia, por lo que un voltaje a través del diodo es proporcional a una raíz cuadrada de la segunda señal a (t) de salida como (t)+A. La patente 4.877.027 es el efecto auditivo de radiofrecuencia. La patente que hace audible la radiación de microondas, la patente 4877027, fue una de las primeras formas de DEW, arma de energía dirigida utilizada para emitir sonido directamente a las víctimas que parece ser un mecanismo similar al de la audición de radiofrecuencia pulsante, solo que en este el camino de la energía recorre la cóclea y los oídos, mientras que en el modelo de radiación electromagnética pulsante, el auditivo El efecto sobre el cerebro viene dado por la vibración de los huesos del cráneo y de todo el cuerpo. El sonido se induce en la cabeza de una persona al irradiar la cabeza con microondas em el rango de 100 megahercios a 10,000 megahercios que se modulan con una forma de onda particular. La forma de onda consta de ráfagas de frecuencia modulada. Cada ráfaga consta de diez a veinte pulsos espaciados uniformemente agrupados estrechamente. El ancho de desbordamiento está entre 500 nanosegundos y 100 microsegundos. El ancho de pulso está en el rango de 10 nanosegundos a 1 microsegundo. Los chasquidos son modulados en frecuencia por la entrada de audio para crear la sensación de audición en la persona cuya cabeza se irradia. Les recordamos que estas IRRADIACIONES, al ser generadas por INTERFEROMETRÍA, se originan en el ESPACIO de tres satélites espías que, a su vez, EMITEN UN LÁSER INVISIBLE, técnicamente llamado MASER, los cuales se anulan entre sí de forma IMPACTANTE (micro explosiones) por la combinación de tres haces de energía que generan potenciales eléctricos ESCALAR que pueden bloquearse usando la generación de IMPEDANCIA ALEATORIA alrededor del cuerpo de la víctima; III – En este inciso tercero del párrafo 12, Artículo 5o, se ejemplificará la lista de víctimas que solicitaron la apertura de una investigación policial sobre la situación, Josefa Alexandre (https://www.al.sp.gov.br/repositorio-faleconosco/144 92/4092.pdf ), testimonio público en la búsqueda de una conciencia nacional que legisle la búsqueda de los equipos de protección solicitados por las víctimas a la defensa civil. Ana Costa Conrado. , teniendo como testigos al ciudadano Vinicius Coelho Rodrigues(RG: 20.244.721-5 SSP-RJ , CPF 058.909.227- 85 ; Cristiane Fernades Santos Investigadora Policial ID 5006373-1, policiacivilrj.net.br ) ; EVALDO PEREIRA CORREIA Rg; 007.728.078-2 SSR/RJ ( https://www.aloalerj.rj.gov.: protocolo 7830.0175.0639 / https://www.al.al.leg.br/ ; Naciones Unidas, ONU, De: Urgent-action OHCHR Urgent-action@ohchr.org> Fecha: Martes, 01/06/2021 a las 15:37 Asunto: Respuesta automática: [Externo] https://www.aloalerj.rj.gov. protocolo: 7830.0175. 0639 / SOLICITANDO RECONOCIMIENTO DE NACIONES UNIDAS PARA EL DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS EVALDO PEREIRA CORREIA ), ciudadana Edvania Correia de Paulo Sousa (RG: MG-13.727.454 / SSP-MG CPF: 09332153639), ciudadano João Daniel Menegon da Silva (RG. 35066828-0 /SSP-SP, CPF: 22212516878), Francis Penko Felisbino (CPF 32835594817 y DNI 427018985, SSP/SP), MARIA LUCIA SANTOS MENESES LESSA (DNI 1008395 / SSP-SE), Bruno Moreira da Silva Gonçalves. (RG. N° 31.675.418-3-0/SSP-RJ, CPF 185.547.237-67), Maria Lucia da Silva (RG. N° 207808831/SSP-SP, CPF: 09523068830 / antonio.guterres@un. org, sr-torture@ohchr.org); http://ouvidoria.alepa.pa.gov.br/acompanhamento.ph p W 2503c1aa ; PROTOCOLO nº 1458003 ( https://sistemas.segup.pa.gov.br/181/denuncie.html ); IV - En este enciso cuarto del párrafo 12, Artículo 5o , com testigos públicos, se ejemplificará la lista de víctimas que interpusieron acciones federales en la búsqueda de conciencia nacional sobre la situación. Everton Paulo da Rocha Pereira, CPF: 22965098860; PROCEDIMIENTO JUDICIAL CIVIL ESPECIAL, Caso PJEC 5004370- 55.2022.4.03.6301 - Competencia de los Tribunales Especiales, víctima LUCILIA BENEDIK X UNIÓN FEDERAL; V - Neste inciso quinto del párrafo 12, Artículo 5o se ejemplificará a las víctimas que buscan firmas para que este mismo proyecto de ley sea aprobado en el municipio donde residen, Lucilia Benedik. Benedito Cláudio do Nascimento, Maria Lúcia da Silva (…) https://www.al.sp.gov.br/repositorio faleconosco/15238/4561.pdf / http://www.cmbh.mg.gov.br/participe/lai/protocolo/71440 / § 13º – Debatir si las comunidades están siendo orientadas a adoptar comportamientos adecuados de prevención y respuesta en una situación de desastre por TELEPATÍA SINTÉTICA, V2K o GANG-STALKING (acoso tecnológico colectivo) y promover protección personal; inciso único: Fica definido Gang-Stalking, o chamado assédio tecnológico coletivo, como fenômeno matemático https://www.athena.biblioteca.unesp.br/exlibris/bd/cathedra/ 06-01-2016/000087589.pdf / https://www.bdtd.ibict.br/vufind/Record/UNSP_31c62cb6553 bdf64edffd704a0770f9f / ) o qual prescreve infinitos cubos de quarta dimensão cabem dentro de um cubo em quinta dimensão, o que significa que a vítima de ataque por energia escalar, representada por um cubo em quarta dimensão, ao ser forçada à quinta dimensão por esse abuso tecnológico, terá o seu pensamento compartilhado com o pensamento das pessoas que estão ao seu redor ); § 14º – Debatir la integración de las víctimas con el municipio en el contexto de las Asociaciones de Derechos Humanos, en una BASE DE DATOS e información en sistemas descentralizados capaces de apoyar a los órganos del Sistema Nacional de Defensa y Protección Civil en la predicción y control de los efectos negativos de los eventos adversos sobre la población, los bienes y servicios y el medio ambiente, cuando la causa sea el resultado de CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA, o ATAQUES POR ENERGÍA ESCALAR, ELECTROMAGNÉTICA, ULTRASONIDOS, INFRASÓNICOS, O CUALQUIER OTRO TIPO DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA, como LÁSER y MASER, o ORGANISMOS BIOLÓGICOS creados para INFECTAR SERES HUMANOS con algoritmos de INFECCIÓN BIOELECTRÓNICA. PROYECTO DE LEY PROPUESTA POR LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE LAS VÍCTIMAS DE ARMAS CIBERNÉTICAS --- MÉXICODELFUTURO---, Consultor em Protección Civil Wellington Antonio Doninelli Pereira, ID: 4040151864 SSP/RS, CPF:49534459020, en apoyo del Presidente de la Asociación en México, nayelyaguilar0709@gmail.com) / Nombre: MIGUEL ÁNGEL ROMERO ACEVES Área de Adscripción: DISTRITO 2 Funciones del Puesto: PRESIDENTE EN EL CONSEJO DISTRITAL DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES.CORDINAR LOS TRABAJOS EN LA ORGANIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, PREVISTOS EN LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO FEDERAL. xxxxxxxx ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA INSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS 1 LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO FEDERAL Ley publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de mayo de 2004. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal: 18 de diciembre de 2014. ciudadana. (REFORMADO, G.O. 27 DE MAYO DE 2010) Artículo 2.- Para efectos de la presente ley, la participación ciudadana es el derecho de los ciudadanos y habitantes del Distrito Federal a intervenir y participar, individual o colectivamente, en las decisiones públicas, en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actos de gobierno. La participación ciudadana contribuirá a la solución de problemas de interés general y al mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, para lo que deberá considerarse la utilización de los medios de comunicación para la información, difusión, capacitación y educación, para el desarrollo de una cultura democrática de la participación ciudadana; así como su capacitación en el proceso de una mejor gobernanza de la Ciudad Capital. XXXXXXXXXXXXXXXXXX QUEM FOR VÍTIMA DE CRIME PSICOTRÔNICO NO ESTADO DE SÃO PAULO PODE RELATAR NO TELEFONE 181 INDICANDO O PROTOCOLO W2206276247 , SOLICITANDO QUE A DENÚNCIA SEJA ANEXADA AO PROTOCOLO W2206276247 QUE TRATA DOS ATAQUES POR ARMAS NÃO CONVENCIONAIS LASER. ATAQUE POR ARMAS NÃO CONVENCIONAIS LASER , DENÚNCIA TELEFONE 181 INDICANDO O PROTOCOLO W2206276247 QUEM FOR VÍTIMA DE CRIME PSICOTRÔNICO NO ESTADO DE SÃO PAULO PODE RELATAR NO TELEFONE 181 INDICANDO O PROTOCOLO W2206276247 , SOLICITANDO QU E A DENÚNCIA SEJA ANEXADA AO PROTOCOLO W2206276247 QUE TRATA DOS ATAQUES POR ARMAS NÃO CONVENCIONAIS LASER. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS Consejero Presidente salvadorg@consejociudadanomx.org 5555335519ext.1123 NADIA ZARAGOZA AQUINO Asistente de Presidencia nadiaz@consejociudadanomx.org 555533-5519 ext. 1119 ABRAHAM TÉLLEZ SUÁREZ Asesor de Presidencia atellez@consejociudadanomx.org 5555335519 ext. 1125 LYDIA MIRANDA ESLAVA Directora de Género, Trata y Comisiones lmiranda@consejociudadanomx.org 5555335519 ext. 1142 FRANCISCO GARDUÑO CONTRERAS Director de Comunicación y Enlace franciscog@consejociudadanomx.org 5555335519 ext.1141 PEDRO TERÁN RAMÍREZ Subdirector de Comunicación y Enlace pteran@consejociudadanomx.org 5555335519 ext.2220 GRACIANO CRUZ SORIANO Director de Administración y Jurídico gracianoc@consejociudadanomx.org 5555335519 ext. 1109 FRANCELY BARBOSA ANTONIO Subdireccción de Administración y Capital Humano francelyb@consejociudadanomx.org 555533-5519 ext. 1107 Constitución de la CDMX Artículo 14 Ciudad segura A. Derecho a la seguridad urbana y a la protección civil Toda persona tiene derecho a vivir en un entorno seguro, a la protección civil, a la atención en caso de que ocurran fenómenos de carácter natural o antropogénico, así como en caso de accidentes por fallas en la infraestructura de la ciudad. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para proteger a las personas y comunidades frente a riesgos y amenazas derivados de esos fenómenos. http://www.sil.gobernacion.gob.mx/portal/Contacto/co ntactanos / https://atencionciudadana.cndh.org.mx/Home/ InvitacionConRegistro?F=l %2FTJVxcdHF2IMEqFLHK93A%3D%3D&dF=1%2B %2FRBpymr3M%3D Escrito de Queja ; ACUSE DE RECEPCIÓN DE ESCRITO DE QUEJA: CNDH FOLIO 2022/31199 Nayely Aguilar Garcia ; Comisión Nacional de los Derechos Humanos – México; https://1drv.ms/b/s! Aj_GUBAAiCpphDsFhnqHVim18u8s?e=frQxxz ( actualizado 4 ). SOLICITO DEL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTINGUIDO DIPUTADO DÍAZ POLANCO, PROTOCOLO PARA EL PROYECTO DE LEY QUE PRESENTO, EL CUAL ESTARÉ BUSCANDO CEROCOMA TRECE POR CIENTO DE FIRMAS PARA QUE EL PROYECTO DE LEY PUEDE SER VOTADO, DE ACUERDO CON CONSTITUICION DE LA CUIDAD DE MÉXICO, ARTIGO 30, PARAGRAFO PRIMEIRO, INCISO E. PROYECTO DE LEY PROPUESTA POR LA CIUDADANA NAYELY AGUILAR GARCIA ( https://www.facebook.com/people/Nayely-Aguilar- Garcia/100069164121090 ) AL CONSEJO de la alcadia Gustavo A. Madero

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